Hay una llamada que en el Centro de Especialistas Forenses recibimos casi todas las semanas. Un abogado con la audiencia encima —a veces en cuatro días, a veces al día siguiente— pregunta si podemos hacerle un informe pericial.
La respuesta honesta casi siempre es no. Y conviene explicar por qué, porque el «no» no es una cuestión de agenda.
Qué se hace en esas semanas
Un informe pericial que resista un contrainterrogatorio no es la opinión de un médico que leyó un expediente. Es un trabajo con etapas, y cada una depende de la anterior.
Primero hay que conseguir la información, que rara vez está completa: la historia clínica institucional entera, no la epicrisis; los informes de laboratorio con su lectura; las atenciones anteriores a los hechos. Solicitarla a una institución de salud y que llegue toma, por sí solo, varias semanas.
Después hay que leerla y ordenarla en una línea de tiempo que permita ver qué se documentó, qué no, y en qué momento. Luego viene la revisión de literatura —qué dice la ciencia hoy sobre ese hallazgo concreto, que a veces contradice lo que se creía hace diez años— y solo entonces el análisis, que es donde el perito de verdad trabaja.
Y al final, algo que no suele contarse: el informe se audita antes de salir. En nuestro caso, por un par profesional que no participó en su elaboración y cuyo encargo es encontrarle los huecos.
Cuarenta y cinco días es el mínimo con el que hemos visto que ese recorrido se hace bien. No es una cifra de catálogo: es lo que tarda hacerlo sin saltarse pasos.
Qué pasa cuando no hay tiempo
Un peritaje apurado no sale «un poco peor». Sale de una forma concreta y reconocible:
- Se dictamina sobre lo que hay documentado, y si falta la historia clínica no hay sobre qué pronunciarse. El perito no puede suplir con el relato de un informe ajeno lo que debería constar en un registro clínico.
- No se revisa literatura, y entonces se repiten criterios que la ciencia ya revisó.
- Nadie lo audita. El primero que lo lee con espíritu crítico es el abogado de la contraparte, en la audiencia.
Un informe así puede ser peor que no tener informe. Un dictamen propio que se cae en el contrainterrogatorio no deja el caso como estaba: lo deja peor, porque la defensa queda asociada a un trabajo que no se sostuvo.
La prueba pericial se planifica cuando se abre el caso
El momento de pensar en el perito no es cuando llega la fecha de audiencia. Es cuando se recibe el caso y se define la teoría.
Ahí es cuando conviene una reunión de entrada entre el abogado, el investigador y el perito, con un objetivo muy concreto: decidir qué hay que probar y qué documentos hacen falta para poder probarlo. Esa conversación de una hora, al principio, ahorra semanas después — y sobre todo evita el escenario más caro de todos, que es descubrir en el mes tres que el documento que sostenía la teoría del caso nunca se pidió.
También ahorra dinero. Un peritaje bien planificado se cotiza sobre un alcance definido. Uno de urgencia se cotiza sobre la incertidumbre.
Para el investigador criminalístico
Usted es quien puede evitar que esto ocurra, porque es quien ve el expediente antes que nadie.
Pida la documentación el primer día, no cuando la pida el perito. Las instituciones de salud tardan semanas en responder. Si la solicitud sale en la semana uno, el material está a tiempo. Si sale cuando el perito la reclama, ya se perdieron dos meses.
Avise cuando vea que falta algo. Si al armar la línea de tiempo aparece un vacío —una atención médica que se menciona pero cuyo registro no está, un examen que se ordenó y no aparece— ese vacío va a ser el problema del caso. Cuanto antes se sepa, más margen hay.
Y diga cuánto tiempo real hay. Un perito que sabe que tiene tres semanas puede decidir si acepta un alcance más acotado o si recomienda no hacerlo. Un perito al que se le dice «hay tiempo» y descubre la verdad a mitad de camino, entrega peor.
Cierre
En el Centro de Especialistas Forenses trabajamos con un principio simple: preferimos decir que no a un encargo que entregar un informe que no se sostenga. No es rigidez; es que un dictamen firmado compromete el nombre de quien lo firma y, sobre todo, el caso de quien confió en él.
Si tiene un caso donde la prueba pericial va a pesar, la conversación útil es al principio.
Serie «Investigación forense para la defensa»
